Recordatorio.- Entrada en vigor y exigibilidad del Anexo 2.2.1 Permisos Previos SE

Estimado Cliente

Por medio del presente se les recuerda que derivado de la publicación en el DOF del 30/11/ 2018 Edición Vespertina del “Acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior” en el cual se modificó el Anexo 2.2.1 (permiso) numeral 8, fracción II, adicionando 107 fracciones arancelarias de los capítulos 72 y 73.

Esta publicación entró en vigor el día 3 de diciembre, sin embargo conforme al Art. Segundo Transitorio señala que la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior quedó habilitada para la recepción de los Avisos automáticos de importación de productos siderúrgicos el mismo día que entre en vigor el presente Acuerdo, por lo anterior, serán exigibles en la aduana, en términos del Artículo 36-A de la Ley Aduanera, tres días hábiles siguientes a la habilitación de la citada ventanilla el cual será hasta el día 6 de diciembre.

Se adjunta publicación oficial.

modificacion a reglas y criterios SE 30nov2018

Atte.

Dirección Legal

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