Estimado Cliente
Por medio del presente se hace de su conocimiento que de acuerdo con la regla 1.1.2 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2019 (DOF 24/06/2019), el día 15 de abril del 2020, el SAT publicó a través de su página oficial https://www.sat.gob.mx/normatividad/74235/versiones-anticipadas-de-las-rgce en forma anticipada y con fines informativos para el particular y vinculatorios para la autoridad los Anexos 7, 10, 22, 23 y 27.
Conforme a la regla 1.1.2, los beneficios contenidos en dichas reglas y/o anexos, serán aplicables a partir de que se den a conocer en el Portal del SAT, salvo que se señale fecha expresa para tales efectos.
Derivado de lo anterior, se les da a conocer los cambios más relevantes de Anexos publicados:
ANEXO 7 Fracciones arancelarias que identifican los insumos y diversas mercancías relacionadas con el sector agropecuario a que se refiere la regla 1.3.1., fracción XI.
Se modifica la descripción de las fracciones arancelarias 3808.93.01 y 3808.99.01 para adicionar las fracciones 3808.93.05 así como 3838.99.03 y 3838.99.04 respectivamente quedando de la siguiente forma:
3808.93.01 | Herbicidas, excepto lo comprendido en la fracción 3808.93.03 y la fracción 3808.93.05. |
3808.99.01 | Acaricidas, excepto lo comprendido en las fracciones 3808.99.02, 3808.99.03 y 3808.99.04. |
Se elimina:
3808.91.01 | Formulados a base de: oxamil; aldicarb; Bacillus thuringiensis. |
ANEXO 10 Sectores y fracciones arancelarias.
Se modifica el apartado A, en los siguientes sectores:
14.- Siderúrgico:
-
- Se adicionan:
7208.10.04, 7209.18.02, 7209.18.99, 7211.14.04, 7213.99.02, 7215.90.01, 7219.31.99,
7222.40.02, 7222.40.99, 7224.90.03, 7225.30.08, 7225.30.91, 7225.40.07, 7225.40.91,
7225.50.08, 7225.50.09, 7225.50.10, 7225.50.11, 7225.50.12, 7225.50.91, 7226.91.08,
7226.91.09, 7226.91.10, 7226.91.11, 7226.91.12, 7226.91.91, 7226.92.07, 7227.20.02,
7227.20.99, 7227.90.02, 7227.90.03, 7304.19.91, 7304.31.91, 7304.39.91, 7304.39.92,
7304.51.91, 7304.59.11, 7304.59.12, 7304.59.13, 7304.59.14, 7304.59.15, 7304.59.16,
7304.59.17, 7304.59.91, 7304.59.92.
-
- Se eliminan:
7209.18.01, 7221.00.01, 7225.30.01, 7225.50.01, 7225.50.05, 7226.91.01, 7226.91.02,
7226.91.06, 7227.20.01, 7304.39.05, 7304.39.06, 7304.39.07, 7304.59.06, 7304.59.07
7304.59.08.
15.- Productos Siderúrgicos:
-
- Se adicionan:
7210.70.03, 7210.70.04, 7210.70.05, 7210.70.91, 7210.90.91,
7211.14.04, 7304.39.10, 7304.39.11, 7304.39.12, 7304.39.13,
7304.39.14, 7304.39.15, 7304.39.16, 7305.31.91, 7306.19.01,
7306.30.03, 7306.30.04, 7306.30.05, 7306.30.06, 7306.30.91,
7306.61.02, 7306.61.03, 7306.61.99.
-
- Se eliminan:
7210.70.01, 7306.30.01, 7306.61.01.
ANEXO 22 Instructivo para el llenado del Pedimento
Apéndice 14 Términos de Facturación: Se modifica el numeral 2 \”D\” LLEGADA:
-
- Adicionan:
DPU ENTREGADA Y DESCARGADA EN EL LUGAR ACORDADO
-
- Eliminan el Término de Facturación:
DAT ENTREGADA EN TERMINAL.
ANEXO 23 Mercancías peligrosas o mercancías que requieran instalaciones o equipos especiales para su muestreo, o ambos.
-
- Se elimina la siguiente fracción arancelaria:
3808.50.01 | Productos mencionados en la Nota 1 de subpartida de este Capítulo. |
ANEXO 27 Fracciones arancelarias de la TIGIE, por cuya importación no se está obligado al pago del IVA, de conformidad con el artículo 25, fracción III, en relación con el artículo 2-A, fracción I de la Ley del IVA.
-
- Adicionan un segundo párrafo con la siguiente Nota:
“Nota: Las fracciones arancelarias contenidas en el presente Anexo, son meramente indicativas y NO crean derechos distintos a los contenidos en las disposiciones jurídicas aplicables.”
Se modifica el Capítulo 3: Pescados, Moluscos, y demás Invertebrados
-
- Se adicionan 56 Fracciones Arancelarias.
- Se eliminan 7 fracciones arancelarias.
Se adjuntan los Anexos para mas información:
Anticipada+Anexo+23+RGCE+2020+13-04-20 Anticipada+Anexo+27+RGCE+2020+13-04-20 Anticipada+Anexo+7+RGCE+2020+13-04-20 Anticipada+Anexo+10+RGCE+2020+13-04-20 Anticipada+Anexo+22+RGCE+2020+13-04-20
Atte.- Direccion Legal